Con el objetivo de que tenga el mayor impacto y beneficio para la gente –agregó Oliva- consensuaremos esta iniciativa con todos los sectores involucrados MIPYMEs; cooperativas; cámaras de comercio; AHIBA; Cohep; Banco Central de Honduras; Comisión Nacional de Bancos y Seguros, y la sociedad civil.
Los beneficiarios de la Ley serán todas las personas naturales y las personas jurídicas pertenecientes de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (MIPYME), que, al momento de la entrada en vigencia del plan, en dificultades financieras para pagar sus obligaciones crediticias como efecto de la pandemia causada por la enfermedad del COVID-19.
El proyecto de ley contempla que: las Instituciones del Sistema Financiero, Institutos Previsionales, Sistema Cooperativo de Ahorro y Crédito, Organizaciones Privadas de Desarrollo financieras (OPDF) y Prestamistas No Bancarios, no podrán capitalizar intereses sobre intereses, por los pagos no realizados durante el período comprendido entre el uno de marzo del año dos mil veinte y treinta y uno de diciembre del año dos mil veintiuno.
Asimismo, la prohibición de aplicar cargos moratorios, cargos por servicios, o cualquier otro costo o cargo adicional a la tasa de interés pactada en los contratos de crédito, incluyendo Tarjetas de Crédito. Se excluye de esta prohibición el cobro de seguros de vida o daños que respaldan las operaciones de crédito.






















